Conducta estudiantil y resolución de conflictos

Conducta estudiantil y resolución de conflictos

Se espera que los estudiantes se comporten de manera que respeten las normas de convivencia de la comunidad de Excelsior y se ajusten a la misión educativa de la Universidad. Esto incluye el cumplimiento de las leyes federales, estatales y locales, así como de las políticas de la Universidad. El desconocimiento o la falta de comprensión de estas normas y políticas no constituyen una justificación ni una excusa. Todos los informes sobre incidentes de conducta no académica de los estudiantes que se presenten son confidenciales y solo se compartirán con las personas implicadas en el caso.

Las posibles infracciones de la conducta de los alumnos incluyen, entre otras, las siguientes

  • Comportamiento perturbador o irrespetuoso
  • Acoso (no sexual)
  • Falsificación o alteración de documentos no académicos
  • Infracción de los derechos de autor
  • Tergiversación
  • Violación de las políticas de la Universidad o de las leyes aplicables
  • Incumplimiento de las instrucciones o peticiones razonables y apropiadas dadas por la administración, el personal y el profesorado docente de la Universidad.
  • Uso de las plataformas electrónicas de la Universidad Excelsior para:
    • Anunciar servicios o productos en beneficio propio
    • Enlazar un sitio web de Excelsior con otros sitios sin autorización
    • Descargar material ilegal o inapropiado
  • Compartir información propietaria o confidencial sobre las actividades patrocinadas por Excelsior, o intentar piratear, alterar, dañar o destruir la integridad de la información electrónica, el software o el hardware asociado con los sistemas electrónicos de Excelsior

Procedimiento

Expectativas

Los estudiantes tratarán a la comunidad de la Universidad Excelsior (personal, profesorado, docentes, compañeros, antiguos alumnos, miembros de la junta directiva y demás) con cortesía, decencia y respeto. Los estudiantes deberán comunicar cualquier problema que surja con sus compañeros a su profesor o asesor académico.

La Política de Conducta Estudiantil y Resolución de Conflictos ofrece motivos más que suficientes para ello: «Se espera que los estudiantes se comporten de manera que respeten las normas de cooperación de la comunidad de Excelsior». Esto se refleja también en el Código de Conducta Estudiantil de la Universidad. Si bien la política enumera infracciones concretas, estas son meramente ilustrativas y no pretenden impedir que el personal o el cuerpo docente ejerzan su buen criterio profesional y educativo a la hora de determinar la respuesta adecuada.

Antes de comunicar cualquier problema de conducta de los alumnos al defensor del alumno, se recomienda recurrir al criterio profesional y a la toma de decisiones dentro de su equipo para resolver la situación. Se aconseja documentar las infracciones de conducta y las medidas adoptadas al respecto. Las infracciones comunicadas serán investigadas cuando se remitan al defensor del alumno. Se exigirán responsabilidades a los alumnos y se les impondrán las consecuencias que se consideren oportunas.

Escala de gravedad

El nivel de gravedad se determinará en función de una escala estructurada. Las consecuencias se corresponderán de manera coherente con el nivel de gravedad, que guarda relación directa con el impacto en las personas afectadas.

Grado de gravedad menor: Es el menos grave y abarca situaciones que pueden resolverse de manera informal, lo que permite una solución rápida. Por lo general, estas situaciones se gestionan con el personal docente y directivo de las unidades y facultades. Ejemplos: lenguaje inapropiado, comunicación agresiva o descortés y falta de respeto (verbal o escrita).

Preocupación moderada: Se refiere a un problema recurrente o a un asunto de mayor gravedad. Ejemplos: desafiar a la autoridad, utilizar un lenguaje inapropiado de forma continuada, comunicarse de manera agresiva o grosera, faltar al respeto (verbal o por escrito), mantener confrontaciones inapropiadas o negarse de forma persistente a cumplir las políticas o los procedimientos de Excelsior.

Nivel de preocupación elevado: el nivel más grave. Es en este nivel cuando se remite el asunto a la oficina del Defensor del Pueblo. Ejemplos: amenazas, acoso escolar, perturbaciones continuadas —tal y como se ha descrito anteriormente— tras haber recibido una advertencia o una suspensión.

Procedimiento de notificación para casos de preocupación leve y moderada

  1. Las consultas pueden enviarse a clas@excelsior.edu o cnhs@excelsior.edu. Todos los incidentes y las comunicaciones quedarán registrados en el expediente del alumno.

Procedimiento de notificación en caso de especial preocupación

  1. Envíe sus consultas por escrito a: ombudsperson@excelsior.edu
  2. El Defensor del Pueblo y el Director de Éxito Académico tratarán el asunto con el denunciante.
  3. Se elaborará un informe oficial y se llevará a cabo una investigación exhaustiva del asunto.
  4. Los resultados se comunicarán al denunciante y al estudiante mediante una carta de advertencia, una suspensión o la convocatoria de la comisión de disciplina para decidir sobre una posible expulsión.
  5. Todos los documentos y la correspondencia relacionados (cartas de advertencia, suspensión, expulsión, correos electrónicos, resúmenes de llamadas o informes de quejas internas) quedarán archivados en el expediente del alumno.

Determinación de las medidas disciplinarias

Las sanciones pueden incluir una carta de advertencia, la suspensión y/o la notificación de la convocatoria de una junta de audiencia para determinar la expulsión. Si el comportamiento alcanza un nivel de grave preocupación, o supera los niveles de preocupación baja y moderada, se convocará una junta de audiencia. Cuando el comportamiento perturbador continúe después de que el estudiante haya recibido la carta de advertencia, se le impondrá la suspensión como siguiente nivel de consecuencia. Si el estudiante es suspendido, regresa y el comportamiento perturbador continúa, se convocará a una junta de audiencia para determinar su posible expulsión. Cuando un estudiante sea expulsado, no se le permitirá regresar a la Universidad Excelsior en ninguna circunstancia.

Sanciones

  • Advertencia: Notificación por escrito de la infracción, que se anotará en el expediente académico del alumno
  • Suspensión: Expulsión inmediata del alumno del curso, actividad o evento, y pérdida temporal de los servicios durante el período en el que se produjo la infracción (esto podría tener consecuencias para la ayuda económica del alumno).
  • Expulsión: separación definitiva del estudiante de la Universidad; interviene la Junta de Audiencia

Comisión de Audiencias y Procedimientos

Las audiencias se celebrarán de forma virtual. Tanto el denunciante como el estudiante podrán asistir a la audiencia; sin embargo, no estarán presentes al mismo tiempo. El responsable de la audiencia se encargará de garantizar que esta se desarrolle de acuerdo con los procedimientos establecidos. El director de Éxito Estudiantil expondrá las conclusiones y responderá a las preguntas. La audiencia se celebrará aunque alguna de las partes esté ausente.

La Junta de Audiencia resuelve todos los casos aplicando el criterio de la preponderancia de la prueba. La Junta de Audiencia recomendará una resolución adecuada. Las recomendaciones de desestimación se enviarán por escrito al decano de la facultad del estudiante (CLAS o CNHS) para que adopte una decisión definitiva. Se enviará al estudiante una notificación por escrito con las conclusiones y las consecuencias impuestas, y se remitirá copia de la misma al denunciante. De este modo, el caso queda cerrado con la documentación correspondiente.

Derecho de recurso

Un estudiante que desee presentar un recurso contra el resultado deberá hacerlo en un plazo de 10 días hábiles a partir de la notificación de las conclusiones, y solo si existe prueba documentada de que no se ha seguido el procedimiento de audiencia. Los recursos pueden enviarse a studentsupport@excelsior.edu El director ejecutivo de Asuntos Estudiantiles revisará la apelación y notificará al demandado la decisión en un plazo de 10 días hábiles a partir de la fecha de recepción de la apelación.